sábado, 7 de julio de 2012


CLASIFICACION DE LAS COSAS

La palabra res (cosa) en el derecho significaba todo lo que pudiera ser objeto de derechos, pero habían cosas que no podían ser objeto derecho privado que no podían pertenecer al patrimonio privado de los hombres.

Entonces habían cosas en el patrimonio (res in patrimonium) y cosas fuera del patrimonio (res extra patrimonium). En la época clásica Romana se da otra clasificación: res divini (cosa divina) y res humani juris (cosas del derecho humano).

Las cosas divinas se dividían en:

1.    COSAS SAGRADAS: (res sacrae) eran las consagradas a culto, para los paganos eran los terrenos, los edificios y los objetos consagrados a los dioses superiores por una ley, un senadoconsulto o una constitución imperial. Para el Cristianismo eran las iglesias y los objetos consagrados al culto por los obispos.

2.    COSAS RELIGIOSAS: (res religiosae) Eran los terrenos y los monumentos unidos a las sepulturas.

3.    COSAS SANTAS: (res sanetae) No eran con toda exactitud las cosas santas, eran entonces las cosas que estaban protegidas contra los atentados de los honres, asimiladas para ese efecto a las cosas divini juris. Como los muros y las puertas de las ciudades.


Res Humani Juris (Cosas de Derecho Humano)

Todas las cosas que no fueran de derecho divino eran de derecho humano y se gobernaban por el Derecho Humano. Se subdividían en:

·         Cosas Comunes (res comunes): Eran las cosas cuya propiedad no pertenecían a nadie y su uso eran común a toda la humanidad eran, por tanto, insusceptibles de aprobación individual. Ej: El aire, el mar.

·         Cosas Publicas (res publicae): Eran las cosas cuyo uso era común a todos, pero limitado al pueblo romano. Con exclusión de los pueblos. Ej: Las vías pretorianas o consulares, los puertos, las corrientes de agua que nunca llegaban a secarse.

·         Cosas Universales (res universitatis): Eran las pertenecientes a ciertas personas morales, como las ciudades y las corporaciones, que por su destino público no eran objeto de propiedad particular o individual. Ej: Los teatros, las plazas, los baños públicos.

·         Cosas Privadas o Singulares (res prívate o singularum): Eran todas las cosas suceptibles de propiedad individual y privada que entraban a formar el patrimonio particular de las personas se llamo también bienes (bona) porque eran destinados al bien particular de las personas.


CLASIFICACION DE LAS COSAS PRIVADAS (RES PRIVATAE)

1.    COSAS DE DOMINIO Y COSAS NO DOMINADAS

Cosas de dominio (res mancipi) eran las cosas cuya propiedad podía ser adquirida únicamente por la mancipatio (agarrar con la mano) y en general por los medios propios del derecho civil (jus civile) se consideraban como las más importantes para la economía como los fundos rurales, las servidumbres rurales, los esclavos, las bestias de carga y tiro, etc.

Las cosas no dominadas (res nec mancipi) eran todas las demás, su adquisición podía efectuarse por simple tradición y en general por los medios de adquirir según el jus gentium.

2.    COSAS CORPORALES Y COSAS INCORPORALES

Son Corporales todas las cosas del mundo exterior que caen bajo los sentidos, tienen una composición material y pueden ser objeto de derechos.

Son Incorporales los derechos que sobre tal cosa se tienen. Ej: fama, honor.

3.    COSAS MOVILES Y COSAS INMOVILES (RES MOVILES Y RES INMOVILES)

No aparecen consagradas textualmente en el Derecho Romano pero se tenía dicha apreciación. Cosas muebles son las que pueden moverse materialmente ya por sí mismas como los seres inanimados, ya por la mano del hombre.
Inmuebles son los fundos, los edificios y en general las que por su naturaleza u otra causa no pueden ser transportadas de un lugar a otro, algunas cosas muebles por naturaleza. Se consideran a veces como inmuebles por razón de circunstancias especiales que la ley establece.

COSAS INCORPORALES

Las cosas incorporales se han clasificado tradicionalmente en derechos reales y derechos personales, los primeros son los que tienen sobre las cosas de manera directa, sin respecto a determinada persona, los segundos, llamados derechos de acreencia o créditos, son los que se tienen con respecto a determinada persona que se halla obligada a dar, hacer o no hacer la cosa objeto del derecho.

Entre los romanos se establecía muy claramente esta diferencia designada el derecho real con la denominación derecho de la Cosa (jus in rem) y el derecho personal,  con los términos derecho a la cosa  (jus ad rem).

El  derecho real no tiene un objeto pasivo determinado a cuyo cargo se halle una obligación correlativa,  como si lo tiene el derecho personal. Este sujeto pasivo del derecho personal es el deudor (debitor) a cuyo cargo se haya satisfacer lo que constituye el objeto del respectivo derecho.

Los derechos reales,  según el derecho Romano se dividían en derechos reales civiles y derechos reales pretorianos. Los primeros fueron instituidos por el jus civile, los segundos por el derecho pretoriano. Los derechos civiles fueron: la propiedad, las servidumbres reales o prediales y las servidumbres personales. Los derechos reales pretorianos fueron, la superficie,  el derecho en el campo,  derecho a sembrar y la hipoteca.
 
INVESTIGACIÓN

COSAS RELIGIÓSAS  

Aquella religión antigua que los romanos llamaban "religión de Numa", del nombre del rey al cual la leyenda atribuye la primera legislación religiosa, empezó a transformarse y, bajo la República degeneró a causa de la infiltración de ideas, leyendas y costumbres griegas en el ambiente romano. Al fin de la República y comienzos del Imperio, era ya un tópico lamentarse de la religión. Los templos se caían, las fiestas estaban abandonadas y las cofradías religiosas carecían de vida. Poetas como Horacio y Propercio, nos dicen que las telarañas cubrían los altares y que las imágenes sagradas estaban ennegrecidas por el polvo. En otro tiempo, los romanos escuchaban los oráculos y augures con fe: el vuelo y gritos de las aves, el apetito y regocijo de los polluelos sagrados, etc. Pero, a partir de las primeras guerras púnicas, la seriedad con que se escuchaba a los augures disminuyó muchísimo. Así, Claudio Pulcher se atrevió a ahogar los polluelos sagrados; Marcelo corrió las cortinillas de su litera por no ponerse en peligro de presenciar algún presagio desagradable, y Flamino hizo caso omiso de auspicios en presencia de Aníbal.
El escepticismo fue ganando el pensamiento de Roma. Así, para Polibdio (126 a. de J.C.) la religión romana no era sino un medio de mantener a la plebe en su ignorancia. Incluso Cicerón, como hombre privado, habló pocas veces de los dioses, se mostró vacilante en cuanto a la inmortalidad del alma y dejó a Trencio el cuidado de sacrificar a Esculapio cuando había sido curado de alguna enfermedad.

La influencia griega fue un corrosivo sensualista que desorientó el sentido práctico de Roma. Hubo, sin embargo, un culto que se mantuvo vivo: el de los muertos. Construidas al borde de las vías romanas, las tumbas recordaban a los transeúntes los misterios del destino del hombre y, para poder adornarlas, se legaban por testamento jardines donde cultivar rosas y violetas. Los epitafios indicaban raras veces la incredulidad, como éste: "Antes existía; ahora ya no existo", o el cinismo, como el siguiente: "Come, bebe, diviértete mucho". Generalmente se expresaba en ellos el deseo de que el muerto gozara de buena salud o bien que la tierra le fuese ligera. Otras veces, se invitaba a los muertos en términos patéticos a que se aparecieran a los vivientes durante sus sueños nocturnos. Gracias a ese culto de los muertos, el espíritu religioso se perpetuó, transmitiéndose a una edad nueva.


COMENTARIO


En realidad en la época romana las cosas religiosas, fueron una fuente bastante extensa, empezó con los terrenos los cuales para los romanos tenían una gran importancia por su valioso precio en cuanto a los cultivos, en la actualidad la religión se maneja de una forma mas separada al ordenamiento jurídico ya que la religión tiene un sistema acusatorio especial. En nuestra historia romana las cosas religiosas los monumentos para ellos tenían un gran valor como las (murallas de adriano..Etc) los cuales eran símbolos que indicaban la fortaleza del imperio romano , para la actualidad el territorio gobernado directamente por el papa es la ciudad del vaticano, el cual se puede ver como un símbolo de los monumentos el cual es la sede de las instituciones que le ayudan en el gobierno de la Iglesia. La Iglesia católica tiene su sede central en Roma, relacionada con la Sede está el estado de la ciudad del vaticano el cual esta situada dentro de Roma es una atipicidad que favorece a los religiosos.



































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